LA R.A.S.D.

REPÚBLICA ÁRABE SAHARAUI DEMOCRÁTICA

FRENTE POLISARIO
En la madrugada del 27 de febrero de 1.976, a las afueras de Bir Lehlu, unos centenares de saharauis y los pocos periodistas que acudieron a la convocatoria del Frente POLISARIO, asistieron al nacimiento de un nuevo estado africano: La República Árabe Saharaui Democrática que, de acuerdo con la carta de proclamación(link) se autodefinía como un “estado libre, independiente y soberano, regido por un sistema nacional democrático, árabe, de tendencia unionista, de confesionalidad islámica, progresista, que adquiere como forma de régimen el de la República Árabe Saharaui Democrática”. Un estado “Árabe, Africano y No Alineado”.
La prensa española de entonces no se hizo eco de este hecho, aunque resaltaba que en esa fecha ponía fin a casi 100 años de presencia colonial en el Sahara.
Un día antes, el Consejo Nacional Saharaui (parlamento) publicó una Constitución provisional. En El mes de agosto de ese mismo año, el III Congreso del F. Polisario aprobaba la Constitución definitiva. Luego, sería modificada en 1991, y posteriormente en 1999 propugnando una democracia multipartidista con una economía social de mercado, pero manteniendo ciertos aspectos en suspenso hasta la consecución de la independencia plena. Mientras, el Frente POLISARIO, como movimiento nacional de liberación, asume una serie de funciones que constitucionalmente debería ser objeto de elección. Así, por ahora, el Secretario General del Frente POLISARIO proclamado automáticamente jefe del estado. Este asume un papel preponderante al ser, además, jefe de las fuerzas armadas y nombrar al primer ministro quien, a su vez, nombra a los ministros del gobierno y gobernadores de las wilayas.
El control del poder ejecutivo corresponde al Consejo Nacional Saharaui (CNS) o parlamento, elegido por sufragio universal y secreto. El máximo órgano del poder judicial lo asume el Consejo Superior de Justicia. A estructura judicial se compone de los juzgados de primera instancia, los tribunales de apelación y el Tribunal Supremo, junto con la Fiscalía General del Estado. El entramado institucional se completa con una serie de órganos consultivos de garantía como son el Consejo Consultivo de Notables o senado, la Comisión Constitucional y la Comisión Nacional Saharaui de Derechos Humanos.
La R.A.S.D., con las limitaciones que impone la ocupación marroquí y el no reconocimiento pleno por la mayoría de los países más poderosos, ejerce su gobierno de forma efectiva en los campamentos de población refugiada y en los territorios o zonas liberadas de la república, un terreno al este del muro militar marroquí que supone, aproximadamente, un 25% de la superficie limitada por las fronteras internacionalmente reconocidas.
A nivel internacional, la R.A.S.D. desarrolla una intensa actividad diplomática, fruto de la cual el estado saharaui ha sido reconocido por 85 países y participa de pleno derecho en varias organizaciones internacionales. Desde 1984 es miembro de pleno derecho de la Unión Africana (antes OUA) lo que provocó el abandono de Marruecos de la organización y como tal participa en el conjunto de sus instituciones, como la Asamblea, el Parlamento Panafricano o La Comisión de Derechos Humanos y de los Pueblos.
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